Para dar inicio al proceso de realización de cualquier servicio, previamente deberá existir una solicitud formal por parte del interesado. La solicitud deberá contener por lo menos la siguiente información:
- Datos completos relativos al solicitante,
- Datos del bien a valuar,
- Valor estimado del bien a valuar,
- Fecha de solicitud,
- Firma del solicitante,
- Propósito del avalúo,
- Información complementaria para realizar el servicio,
- Datos relativos a las personas que otorgarán las facilidades para la inspección física de los bienes (Nombre y teléfono).
La solicitud de servicio deberá acompañarse al menos por la siguiente documentación:
- Escritura del inmueble, considerando: superficie, medidas y colindancias y en su caso, indivisos, cuando exista escritura de régimen en condominio.
- Planos arquitectónicos, estructurales de instalaciones y acabados, (en caso de no existir estos documentos, procederá la realización previa de un servicio de levantamiento topográfico, que se cobrará en forma adicional al servicio de valuación),
- Boleta de pago de impuesto predial o ficha catastral del último pago realizado por el contribuyente (sin ser obligatoria la verificación de esta situación),
- Recibo de agua con una antigüedad menor a un año,
- En los casos en que no existan suficientes elementos para establecer con precisión el uso del suelo autorizado, se solicitará adicionalmente un Dictamen de uso del suelo emitido por la autoridad legalmente autorizada en la localidad para ese fin.
- Relación de instalaciones especiales que se desea sean incluidas en el avalúo.
- Otros aspectos relevantes que pudieran afectar el valor del bien valorado.
Para formalizar la solicitud de un servicio será necesario dejar constancia de la contratación del mismo, de la siguiente forma:
- Requisitar de forma adecuada la solicitud del servicio,
- Pagar el anticipo respectivo, que corresponderá al 50% del monto estimado de honorarios cotizados, salvo el caso de clientes frecuentes, con quienes podrá omitirse discrecionalmente este requisito,
- En el caso de avalúos “masivos” será recomendable elaborar un contrato de prestación de servicios entre VALOR y el solicitante.
- Al momento de entregar el reporte o dictamen valuatorio solicitado, será recomendable contar con la liquidación del servicio del avalúo solicitado.
- El controlador asignará un número de servicio secuencial que permita identificar con precisión a cada Avalúo o servicio técnico solicitado.
Las políticas y proceso de asignación a Valuadores deberán garantizar al menos los siguientes puntos:
- Sólo podrán asignarse avalúos a aquellos Valuadores Profesionales que formen parte del padrón de Valuadores activos de la empresa, revisando invariablemente que si el dictamen será presentado ante alguna dependencia oficial o privada, el Valuador cumpla con los lineamientos establecidos por las autoridades competentes para ese fin.
- No se deberán asignar avalúos a un Valuador en específico, cuando VALOR identifique que éste pudiera tener presumiblemente algún conflicto de intereses.
- La asignación se efectuará en forma rotativa dependiendo de cada especialidad valuatoria, considerando el nivel de experiencia y competencia del valuador, así como la calificación de cada trabajo encomendado y los antecedentes en este sentido.